DEFENSOR DEL PUEBLO: APLICACIÓN DE LA ILE FORTALECE DERECHO HUMANO DE LAS MUJERES
24 de Marzo de 2025 06:47 pm
La Paz, marzo 24 (UCOM/DPB).- El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, señaló que la aplicación de la Sentencia Constitucional 206/2014 referente a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en los Entes Gestores de Salud a Corto Plazo, “no sólo nos va a permitir brindar un servicio con calidad sino materializar el derecho que tienen las mujeres, particularmente aquellas que son víctimas de agresiones sexuales”.
Esta afirmación del Defensor del Pueblo, surge en el marco del programa “El Defensor con el Pueblo”, que esta semana abordó la temática “ILE: Situación de su cumplimiento en Bolivia en los entes gestores de seguridad social de corto plazo y vulneración de los derechos de las mujeres”.
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Del programa participaron desde México, la experta en derechos sexuales y reproductivos Julieta Cobatech, la Directora Técnica de Fiscalización y Control de los Servicios de Salud – ASUS, Melisa Bress y la Responsable de Políticas Publicas de IPAS – Bolivia, Rimac Zubieta.
La representante de IPAS-Bolivia, remarcó la importancia de la Sentencia Constitucional 206/2014, pues “Si había una víctima de violación sexual, aunque hubiera la voluntad de interrumpir el embarazo no se podía hacer porque la decisión estaba en manos de la justicia”.
“La Acción Constitucional elimina estas fases y permite que las víctimas puedan acceder a la interrupción del embarazo a sola denuncia y el consentimiento informado. La Sentencia marca un hito en los avances de los derechos sexuales y reproductivos”, remarcó Zubieta a tiempo de señalar que es necesario contar con una ley de derechos sexuales y derechos reproductivos.
A su turno, la Directora Técnica de Fiscalización y Control de los Servicios de Salud – ASUS, Melisa Bress señaló que en lo que respecta a la Sentencia que regula la Interrupción Legal del Embarazo, “hemos tratado de explorar el ámbito de implementación en los entes gestores de salud a corto plazo”. Asimismo, puntualizó que “tenemos la obligación de hacer una actualización continua, se deben actualizar los protocolos y normativa que se emiten”.
En el balance del programa, el Defensor del Pueblo señaló las diferentes dificultades en la interpretación de la normativa interna en cada uno de los entes gestores, la necesidad de ir aclarando esta situación para evitar casos como el que sucedió en el Hospital Obrero de Cochabamba con la negativa de la aplicación de la ILE a una adolescente de 16 años, ocasionando que la misma tenga que acudir a otras instancias para obtener la asistencia médica”.
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Para la autoridad defensorial existe la necesidad de que la población pueda informarse de las connotaciones de esta temática y de este trabajo de información defensorial, “que justamente realiza una evaluación acerca del proceso de implementación práctica de esta sentencia constitucional 206/2014”.
Para Callisaya, “es una corresponsabilidad de las autoridades qu e justamente están obligadas a materializar el derecho que tienen las mujeres de acceder a la ILE, pero también hay la necesidad de que la propia población pueda informarse de los parámetros de esta Sentencia Constitucional”.