Defensoría del Pueblo condena acciones violentas en protestas por la ampliación de la cuarentena
01 de Mayo de 2020 12:00 am
La Defensoría del Pueblo rechaza enfáticamente los hechos violentos suscitados, la noche del jueves, en los municipios de El Alto, Ivirgarzama y Yapacaní, donde grupos de personas salieron en protesta por la ampliación de la cuarentena y exigiendo la realización de las elecciones generales, rompiendo una medida preventiva dispuesta a nivel nacional para evitar el incremento de los riesgos para la salud pública debido a la pandemia del COVID-19.
La Institución Defensorial condena el amedrentamiento que sufrió
personal médico en El Alto, cuando el bus en el que eran trasladados fue
apedreado y quemadas sus llantas; así como el saqueo de las
instalaciones policiales en la población de Yapacaní.
Las
protestas, si bien se encuentran amparadas en el derecho de la libertad
expresión, al tornarse violentas y dejando de lado que el país se
encuentra ante una emergencia sanitaria, se constituyen
indiscutiblemente en actos reprochables que incrementan el riesgo de un
contagio masivo del COVID-19, poniendo en grave peligro la salud pública
en esos municipios.
En ese contexto, siendo consecuentes con los
Principios de Siracusa y las recomendaciones establecidas en la
Resolución 1/2020 “Pandemia y Derechos Humanos” de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos, y ante las medidas adoptadas por el
Gobierno Nacional para prevenir las amenazas a la salud pública, por el
cual fueron restringidos el derecho a la movilización o circulación, la
Defensoría del Pueblo insta a los sectores movilizados a acatar las
disposiciones de la Declaratoria de Cuarentena total a nivel nacional,
más cuando es evidente la amenaza de contagio del COVID 19.
Sin
embargo, también se considera que este tipo de actos no habilitan al
Estado a declarar a las protestas sociales o manifestaciones como
violentas, políticas o desinformadoras; se debe tomar especial atención
en la individualización de las personas que actuaron con violencia en
estos hechos, sin estigmatizar al resto de la población.
Debe
tomarse en cuenta que el derecho a la protesta conlleva en su ejercicio
otros derechos, como el derecho a la libertad de expresión, reunión,
asociación, y el estigmatizar peyorativamente este tipo de protestas o
manifestaciones, implica de forma directa establecer un direccionamiento
gubernamental a aplacar cualquier tipo de manifestación que critique
las medidas asumidas por el Gobierno, hecho que puede atentar contra la
libertad de expresión, inclusive, en manifestaciones que no sean
contrarias a las restricciones de circulación o reunión, como el uso de
medios de prensa o redes sociales.
La Defensoría del Pueblo llama
al Ministerio Público y a la Policía Boliviana a asumir las acciones
que correspondan, enmarcando las mismas al respeto de los derechos y
garantías constitucionales; principalmente, a los estándares
convencionales del derecho a la protesta que comulgan con el uso de la
fuerza y la mínima intervención, respetando los principios de legalidad,
absoluta necesidad y, en especial, la proporcionalidad en los actos. Al
efecto, es importante resaltar que tanto los servidores públicos y
efectivos policiales deben contar con los insumos mínimos necesarios de
bioseguridad para el desarrollo de sus funciones.