Defensoría del Pueblo condena declaraciones racistas del periodista Estrambasaguas y presentará denuncia ante organismos internacionales
21 de Octubre de 2020 11:19 am
La Defensoría del Pueblo condenó las declaraciones racistas del periodista español Alejandro Entrambasaguas emitidas durante un programa virtual en el que se abordó los resultados de las recientes elecciones generales en Bolivia, y presentará una denuncia ante la embajada de España en el país y otras instancias internacionales para que se le inicie un proceso judicial.
El periodista
de OkDiario, en el programa español señaló que el “(…) votante medio del
Movimiento al Socialismo es un votante con un nivel intelectual nulo, o sea,
prácticamente inexistente, ya no te digo cultural, no tienen prácticamente
nivel”; que “hay que recordarle a la gente que nos está viendo acá en España,
el votante medio del partido de Evo Morales no tiene nada que ver con el votante
medio que tiene aquí Podemos”; “aquí (en España) quieras o no todo el mundo
sabe lo que es un teléfono móvil, sabe lo que es internet, pero la mayoría de
la gente que ha votado a Evo Morales es gente que vive en el campo, es gente
que no sabe lo que es un teléfono móvil, no sabe lo que es internet y
mentalmente no tiene absolutamente ni idea de prácticamente nada”; “(…) son analfabetos literales, hay mucha
gente que no sabe hablar el español. Hablan aymara, quechua o idiomas nativos
indígenas y no tienen ni idea de lo que es la civilización”.
La
Carta Mundial de Ética para Periodistas en el punto noveno, señala que “El o la
periodista velará por que la difusión de información o de opiniones no
contribuya al odio o a los prejuicios y hará todo lo posible por no facilitar
la propagación de la discriminación por motivos de origen geográfico, social,
racial o étnico, género, orientación sexual, idioma, discapacidad, religión y
opiniones políticas.”
Cruz,
asimismo, recordó que el Principio 6 de la Declaración de Principios sobre
Libertad de Expresión de la CIDH reconoce que las personas tienen el derecho a
comunicar sus opiniones por cualquier medio y forma, pero, al mismo tiempo establece
que la actividad periodística debe regirse por conductas éticas.
Estas
declaraciones, cuestionó, son acciones que reproducen conceptos coloniales de
la condición indígena en Bolivia y latinoamérica, al calificar a las y bolivianos
de tener un nivel intelectual nulo, analfabetos literales, así como se tratan
de declaraciones racistas, discriminatorias que son sancionadas tanto por la
normativa penal boliviana como española.
El
Código Penal español en el artículo 510, numeral 2 y su agravante señalada en
el numeral 3, señala que serán castigados con una pena de prisión de uno a
cuatro años y multa de seis a doce meses quienes “(…) públicamente fomenten,
promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad,
discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona
determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas,
antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación
familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen
nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género,
enfermedad o discapacidad”.
La
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de
Discriminación Racial, estableció que la "discriminación racial” comprende toda distinción,
exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u
origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o
menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de
los derechos humanos.
Respecto
a la mención que hace Entrambasaguas sobre los idiomas oficiales del Estado y
su relación a no tener idea de la “civilización”, la Defensora dijo que se
trataría de afirmaciones atentatorias a la construcción plurinacional del Estado
boliviano, basado en la libre
determinación de las naciones y pueblos indígena originarios campesinos, aspecto
que además, está establecido en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los
Derechos de los Pueblos Indígenas, la cual reafirma que en el ejercicio de sus
derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de
discriminación; y estableció que los
pueblos y los individuos indígenas son libres e iguales a todos los demás
pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de
discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular la fundada en su origen
o identidad indígena.