DEFENSORÍA DEL PUEBLO CUESTIONA PERSISTENCIA DE ACCIONES INTIMIDANTES DE CIVILES Y RECHAZA LLAMADOS A CONFORMAR MILICIAS ARMADAS

DEFENSORÍA DEL PUEBLO CUESTIONA PERSISTENCIA DE ACCIONES INTIMIDANTES DE CIVILES Y RECHAZA LLAMADOS A CONFORMAR MILICIAS ARMADAS

13 de Enero de 2020 12:00 am

DEFENSORÍA DEL PUEBLO CUESTIONA PERSISTENCIA DE ACCIONES INTIMIDANTES DE CIVILES Y RECHAZA LLAMADOS A CONFORMAR MILICIAS ARMADAS

La Defensoría del Pueblo exhorta a los líderes políticos, sectores u organizaciones sociales y autoridades del Gobierno a hacer todos los esfuerzos para mantener la paz y fortalecer el diálogo en el país, en el marco del respeto de los derechos y garantías constitucionales; asimismo, cuestiona la persistencia de acciones intimidantes y agresivas por parte de grupos civiles y rechaza declaraciones en torno a la conformación de “milicias armadas”

La Defensoría del Pueblo exhorta a los líderes políticos, sectores u organizaciones sociales y autoridades del Gobierno a hacer todos los esfuerzos para mantener la paz y fortalecer el diálogo en el país, en el marco del respeto de los derechos y garantías constitucionales; asimismo, cuestiona la persistencia de acciones intimidantes y agresivas por parte de grupos civiles y rechaza declaraciones en torno a la conformación de “milicias armadas”.

Recuerda que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en su informe preliminar sobre la situación de Bolivia, el pasado 2019, identificó como una problemática el uso de grupos civiles o particulares para generar y ejercer violencia, concluyendo que estos grupos deben ser desmantelados; en esta misma línea, el 24 de noviembre del 2019 el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Gobierno se comprometió a la desarticulación de ese tipo de grupos que se encontraban operando en el departamento de Cochabamba. Lastimosamente, estas acciones no han cesado y existe una indiferencia estatal que no coadyuva en el proceso de pacificación que todavía se encuentra en desarrollo en nuestro país, que en los últimos días reaparecieron generando una suerte de sitiado en el domicilio del señor Carlos Romero, que llegaron a afectar gravemente su estado de salud.

La CIDH ha establecido también que el Estado boliviano tiene la obligación de impedir a estos grupos el ejercer actos violentos e investigar cualquiera de este tipo de actos y “en el caso de que lo hayan hecho en connivencia, en asociación, o bajo la permisividad o inacción de las autoridades estatales, el Estado de Bolivia debe investigar y sancionar a los funcionarios públicos que han permitido dichas conductas.

Asimismo, la institución defensorial rechaza a las declaraciones vertidas por el señor Evo Morales, quien convocó a constituir “milicias armadas del pueblo” dentro de grupos que no serían estatales, pues éstas generan una exacerbación y polarización del país y no aportan a un diálogo de paz, razón por la cual es imprescindible que se actúe con mesura y responsabilidad.

Respecto a denuncias sobre persecución judicial recordar que la Convención Americana de Derechos Humanos, en su Artículo 8, reconoce a toda persona el derecho a gozar de las debidas garantías dentro de un proceso judicial, como el contar con autoridades competentes, independientes e imparciales; en esa línea, la CIDH, en la Opinión Consultiva N° 8/87, establece que "las garantías sirven para proteger, asegurar o hacer valer la titularidad o el ejercicio de un derecho. Como los Estados Partes tienen la obligación de reconocer y respetar los derechos y libertades de la persona, también tienen la de proteger y asegurar su ejercicio a través de las respectivas garantías, vale decir, de los medios idóneos para que los derechos y libertades sean efectivos en toda circunstancia".

En ese sentido, todo acto emanado por la jurisdicción penal debe ser mesurado, proporcional, racional y no debe responder bajo ningún motivo a la declaración pública de autoridades o de particulares, ya que el actuar de la jurisdicción penal en base a este tipo de presiones, se constituyen en actos parcializados que rompen el principio de independencia y ponen en tela de juicio y riesgo a todas las garantías procesales que son inherentes a los denunciados.

Finalmente, a fin de garantizar un proceso electoral, francamente democrático, pacífico y de alta participación, es fundamental asegurar el ejercicio de los derechos civiles y políticos de toda la población, entendiendo que para tal cometido los líderes políticos y sociales debe mostrar señales claras de respeto al Estado de Derecho, pero también el Estado debe ser transparente en cuanto al uso de la fuerza y la legalidad de su accionar.

La Paz, 13 de enero de 2020