DEFENSORÍA DEL PUEBLO DENUNCIA ANTE ACNUDH LAS AGRESIONES A UNA DIRIGENTE GREMIAL EN EL PLAN 3000
08 de Noviembre de 2019 12:00 am
La Defensoría del Pueblo puso en conocimiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH), la vulneración de derechos y las agresiones que un grupo de personas infringieron contra la dirigente gremial, Paola Karina Aguilar Serrudo, para que esta instancia, observando la gravedad del hecho remita esta denuncia a la Relatoría Especial sobre las formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia.
Foto: RRSS
Esta acción tiene como finalidad que la ONU, mediante sus procedimientos especiales y expertos en la materia, verifiquen las vulneraciones referidas a la constante discriminación y racismo que está surgiendo a partir del conflicto social y político que se enfrenta en distintos puntos del país, desde el pasado 21 de octubre.
En la comunicación remitida al Alto Comisionado, se indica que el pasado 31 de octubre, en el Plan 3000 de la ciudad de Santa Cruz, un grupo de personas interceptó a la dirigente de la Federación de Gremiales y representante de las Mujeres Gremiales de Santa Cruz, como consecuencia de un supuesto video en el que ella habría incitado a la violencia en contra de la ciudadanía en esa región, acusación que resultó ser falsa según se indagó.
En el lugar, de acuerdo al testimonio de la víctima, luego de ser obligada a entregar su teléfono celular, fue amenazada con quemarla con gasolina por su filiación política y obligada a hincarse en el piso para "pedir perdón".
Este mismo grupo de agresores, según el mismo testimonio, subió a la dirigente gremial a una motocicleta para llevarla por diferentes puntos de bloqueo de la ciudad de Santa Cruz, con un cartel que señalaba "masista infiltrada enemiga del pueblo", con el objetivo de que sea identificada por la población.
Estas acciones infringieron disposiciones de la Constitución Política del Estado (CPE), que señala, en el artículo 15, parágrafo II que “todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad”; asimismo, el artículo 22 establece que “la dignidad y la libertad de la persona son inviolables.
Respetarlas y protegerlas es deber primordial del Estado”. En el ámbito internacional, la Convención Belem do Pará, en sus Artículos 3 y 5 señalan que toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, lo que implica que puede ejercer libremente todos sus derechos que se encuentran protegidos en instrumentos internacionales.