DEFENSORÍA DEL PUEBLO EVIDENCIA QUE VÍCTIMAS DE TRATA QUEDAN SIN POSIBILIDAD DE RECUPERARSE ANTE LA FALTA DE ATENCIÓN Y PROTECCIÓN ESTATAL
18 de Febrero de 2020 12:00 am
Una investigación realizada por la Defensoría
del Pueblo evidenció que las víctimas de trata y tráfico, y delitos conexos, se
enfrentan a una deficiente atención y protección especializada para poder
recuperarse de los daños físicos y psicológicos sufridos, al no existir
suficientes centros de acogida especializados, ni personal cualificado ni
capacitado, dejándolas sin la
posibilidad de recuperarse de los daños físicos y psicológicos sufridos, y en
riesgo de volver a ser captadas por redes de tratantes. Esta situación refleja
el incumplimiento del Estado a lo que dispone la Ley 263 Integral contra
la Trata y Tráfico de Personas.
De acuerdo a los datos contenidos en el Informe Defensorial
“Cumplimiento a la Creación de Centros de Acogida Especializados para Víctimas
de Trata y Tráfico de Personas y Delitos Conexos”, presentado este martes por
la Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, existen seis centros de acogida
especializados para víctimas de trata que se encuentran 3 en La Paz; 1 en
Potosí; 1 en Cochabamba y 1 en Santa Cruz. De éstos, solo dos son de
administración directa por los gobiernos departamentales de La Paz y Potosí,
los restantes cuatro, son de administración delegada y/o de convenio.
La investigación, que alcanzó a los nueve gobiernos
departamentales y 39 gobiernos municipales en todo el país, 10 de ciudades
capitales de departamento, incluida la ciudad de El Alto, y 29 de ciudades
intermedias, muestra además, que en los
municipios consultados ninguno cuenta con un centro especializado. Esta
situación, afirmó la Defensora,
imposibilita la reconstrucción de los proyectos de vida de las víctimas.
Expresó preocupación por la cantidad reducida de víctimas
que acceden a servicios especializados, pues, según datos del Ministerio de
Público, durante 2018 y el primer semestre de 2019, se reportaron 733 víctimas
de trata y tráfico, de las cuales sólo 207 recibieron atención y protección
institucional según se conoció en las entrevistas realizadas; es decir que el
71,76% de las víctimas no contaron con estos servicios durante estos dos
últimos años.
La investigación defensorial, asimismo, identificó que los
servidores públicos conciben que todas las formas de violencia contra las
mujeres ameritan una sola forma de protección, sin tener en cuenta la
especificidad y las características propias de las víctimas de trata y tráfico.
Se observó también, que los gobiernos departamentales y municipales en los que
se realizó la indagación, no cuentan con personal especializado, lo cual lleva
a una intervención inadecuada por parte de personal no especializado ni
capacitado.
La Defensoría del Pueblo evidenció también una falta de
coordinación interinstitucional y de especialización en la normativa y
protocolos de atención y repatriación de víctimas de trata y tráfico y la
situación de los municipios de Riberalta, Cobija y Tarija que requieren un
especial fortalecimiento respecto a sus medidas de protección institucional a
víctimas, por encontrarse en zonas fronterizas de alta vulnerabilidad.
Datos del Ministerio Público muestran que en 2018 se
registraron un total de 618 denuncias de delitos incluidos en la Ley 263; de
éstos, 465 sobre trata de personas, 15 de tráfico de personas, 116 de pornografía, 20 de proxenetismo y 2 de
violencia sexual comercial. Para 2019, de acuerdo a un reporte oficial de la
Policía Boliviana, se registraron 523 casos, de los cuales 375 son delitos de
trata, 15 de tráfico de personas, 99 de pornografía, 29 de proxenetismo y 5 de
violencia sexual comercial.
Ante los hallazgos en la investigación defensorial, la
Defensoría del Pueblo emitió recomendaciones, recordatorios de debes y
sugerencias, entre las que destaca la dirigida a los gobierno departamentales
de Oruro, Chuquisaca, Tarija, Pando y Beni, para proceder con la apertura o
crear centros de acogida especializados para la atención y la reintegración a
víctimas de trata y tráfico; la aprobación de normativa departamental para
regular la acreditación, apertura y funcionamiento de centros de acogida en
Beni, Chuquisaca, Oruro, Pando, Potosí, Santa Cruz y Tarija; y establecer un
sistema de registro, seguimiento y cruce de información sobre víctimas de trata
y tráfico.
Asimismo, sugiere al Ministerio de Justicia y Transparencia
Institucional elaborar conjuntamente al Consejo Plurinacional contra la Trata y
Tráfico de Personas, un modelo de atención en centros de acogida
especializados, que oriente y uniformice a nivel nacional, las características
con las que deben funcionar éstos. Finalmente, sugiere modificar la Ley 263
para que sean únicamente lo gobiernos departamentales los competentes para la
creación de los centros de acogida especializados.