Defensoría del Pueblo exhorta al Estado a cumplir plenamente con su mandato de proteger a las niñas niños y adolescentes de la explotación económica y laboral

Defensoría del Pueblo exhorta al Estado a cumplir plenamente con su mandato de proteger a las niñas niños y adolescentes de la explotación económica y laboral

12 de Junio de 2024 09:09 am

Defensoría del Pueblo exhorta al Estado a cumplir plenamente con su mandato de proteger a las niñas niños y adolescentes de la explotación económica y laboral

El término “trabajo Infantil” es definido por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como aquel que priva a niñas y niños de su niñez, potencial y dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Según estimaciones de la OIT, en 2020, aproximadamente 160 millones de niños entre 5 y 17 años de edad realizaron trabajo infantil en todo el mundo, de los cuales 79 millones están involucrados en trabajos peligrosos que pueden dañar su salud, seguridad o moral. En Latinoamérica y el Caribe, se estima que 8.2 millones de niños están en situación de trabajo infantil, representando un 6% de todos los niños de la región.

En Bolivia, según datos del Instituto Nacional de Estadística (ENNA - 2016), de los tres millones de niñas, niños y adolescentes, entre 5 y 17 años, 739 mil (24.4%) realizan alguna actividad laboral; mientras que 2.3 millones (75.6%) no trabajan. De los que trabajan, 132 mil tienen entre 5 y 9 años, 271 mil entre 10 y 13 años, y 321 mil entre 14 y 17 años, respectivamente. Esto significa que el 55.66% de esta población laboral es menor de 14 años, siendo esto la edad mínima permitida por el Código Niña, Niño y Adolescente.

Es imperativo entender que el fenómeno del trabajo infantil es complejo y no puede abordarse únicamente desde una sola perspectiva, requiere la corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia, con acciones conjuntas orientadas a mejorar progresivamente las condiciones de vida de esta población. A pesar de que las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a estar protegidos contra el trabajo infantil y la explotación económica, aún se observan omisiones que perpetúan la vulneración de sus derechos. Un claro ejemplo es la falta de aprobación y ejecución del “Programa de Prevención y Protección Social para Niñas, Niños y Adolescentes menores de 14 años en actividad laboral” previsto en el art. 126 parágrafo II del Código Niña, Niño y Adolescente.

En este sentido, la Defensoría del Pueblo exhorta al Estado boliviano a cumplir plenamente con su mandato legal de proteger a las niñas niños y adolescentes, en especial de la explotación económica y el desempeño de cualquier actividad laboral o trabajo que pueda entorpecer su educación, que implique peligro, que sea insalubre o atentatorio a su dignidad y desarrollo integral.

En el marco de nuestras competencias constitucionales y legales, la Defensoría del Pueblo seguirá forjando acciones en la defensa y protección de los derechos de la niñez y adolescencia dirigidas al cumplimiento de las obligaciones del Estado en todos sus niveles.

"Los derechos humanos comienzan en la infancia.

Detener el trabajo infantil es un paso crucial”

 

La Paz, 12 de junio de 2024