DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE A INSTANCIAS COMPETENTES GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS CIUDADANOS DE ELEGIR A SUS AUTORIDADES DEL ÓRGANO JUDICIAL Y DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE A INSTANCIAS COMPETENTES GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS CIUDADANOS DE ELEGIR A SUS AUTORIDADES DEL ÓRGANO JUDICIAL Y DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL

13 de Diciembre de 2023 08:30 am

DEFENSORÍA DEL PUEBLO EXIGE A INSTANCIAS COMPETENTES GARANTIZAR EL DERECHO DE LOS CIUDADANOS DE ELEGIR A SUS AUTORIDADES DEL ÓRGANO JUDICIAL Y DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL

La Defensoría del Pueblo conoció por los medios de comunicación sobre la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0049/2023 de 11 de diciembre del año en curso, que resuelve la consulta previa sobre la constitucionalidad del Proyecto de Ley 144, interpuesta por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Declaración que, entre otras disposiciones, resuelve la prórroga de mandato de las autoridades del Órgano Judicial (OJ) y del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) hasta la elección y posesión de las nuevas autoridades judiciales. 

En ocasión del pronunciamiento del 4 de diciembre del año en curso, la Defensoría del Pueblo ya manifestó su profunda preocupación sobre la inminente vacancia de cargos de altas autoridades judiciales y de la jurisdicción constitucional ante la demora en el proceso de preselección y designación de las nuevas autoridades debido a la sucesiva interposición de acciones constitucionales: un recurso de amparo constitucional (sin resolución a la fecha); un recurso de inconstitucionalidad abstracta (SCP 0060/2023); y la consulta previa sobre la constitucionalidad del Proyecto de Ley 144 “Ley Transitoria para las Elecciones Judiciales 2023-2024”, que más allá de los plazos procesales, conforme se advirtió por esta institución, debió resolverse con la mayor celeridad, de modo que no impida a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) dar respuestas oportunas a la población.

Todos esos actuados que han generado dilaciones y que afectan el derecho de los ciudadanos de elegir a sus autoridades (art. 26 vinculado con los arts. 182, 183, 188, 194 y 200 de la Constitución Política del Estado) terminaron en la emisión de la DCP Nº 0049/2023 que, conforme se señaló líneas arriba, prorrogó el mandato del Tribunal Constitucional Plurinacional (quien emitió la misma DCP) y del Tribunal Supremo de Justicia (consultante). Es decir, el consultante y quien resolvió la consulta, finalmente resultaron prorrogados en sus funciones mediante la DCP Nº 0049/2023.

Pese a lo anteriormente manifestado, la Defensoría del Pueblo considera pertinente recordar, en el marco del orden constitucional establecido que, el art. 203 de la CPE dispone que los fallos emitidos por el TCP son vinculantes y obligatorios, sin perjuicio de la responsabilidad funcionaria emergente por los actos desarrollados.

Asimismo, se exhorta al TCP y al TSJ, con base al art. 12 de la CPE, generar espacios adecuados para que la ALP cumpla con sus atribuciones constitucionales sin dilaciones, de modo que se garantice a la ciudadanía el ejercicio de sus derechos.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo exige al Órgano Legislativo buscar una salida constitucional a la elección de autoridades judiciales, ejercitando su atribución establecida en el art. 158.I.5 de la CPE, generando estabilidad institucional, asegurando a la población boliviana el acceso a la justicia, así como el derecho a elegir a sus autoridades.

 

 

La Paz, 13 de diciembre de 2023