DEFENSORÍA DEL PUEBLO INSTA A LAS AUTORIDADES ASUMIR ACCIONES URGENTES PARA GARANTIZAR EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO DE SEIS AÑOS

DEFENSORÍA DEL PUEBLO INSTA A LAS AUTORIDADES ASUMIR ACCIONES URGENTES PARA GARANTIZAR EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO DE SEIS AÑOS

18 de Marzo de 2024 09:00 pm

DEFENSORÍA DEL PUEBLO INSTA A LAS AUTORIDADES ASUMIR ACCIONES URGENTES PARA GARANTIZAR EL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO DE SEIS AÑOS

La Defensoría del Pueblo tomó conocimiento sobre el conflicto de guarda que involucra a un niño de seis años, situación que ha generado que el padre se encuentre privado de libertad, cumpliendo una medida de detención preventiva en el recinto penitenciario de San Sebastián de la ciudad de Cochabamba.


El pasado 8 de marzo, el padre del niño quien obtuvo la guarda a través de una resolución judicial de enero de 2024, llegó a la localidad de Villa Tunari y, sin la intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, trasladó a su hijo hasta la ciudad de Cochabamba.

Ante esta situación, la Defensoría del Pueblo, a través de la Delegación Defensorial Departamental de Cochabamba y la Coordinación Regional de Chapare, asumió acciones y recuerda: tanto la madre como el padre, tienen responsabilidades y obligaciones comunes e iguales para garantizar el bienestar y los derechos de sus hijos, incluyendo el derecho a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos progenitores, siempre que sea en beneficio del interés superior de la Niña, Niño y Adolescente (NNA).

Asimismo, se insta a las autoridades competentes a que, en el caso en particular y en cumplimiento de la normativa nacional, protejan el interés superior del niño de seis años trasladado desde Villa Tunari a Cochabamba por su progenitor, asegurando su bienestar y su integridad física y emocional.

La Defensoría del Pueblo observa con preocupación la utilización y revictimización de los niños en conflictos de guarda entre progenitores, como en el caso del niño de seis años mencionado, donde las autoridades competentes no están garantizando su protección ni su integridad personal conforme señala el Código Niña, Niño y Adolescente y la propia Constitución Política del Estado.

Es fundamental recordar que el derecho a la integridad de los niños comprende su integridad física, psicológica y sexual, y es deber del Estado, las familias y la sociedad protegerlos contra cualquier forma de explotación, maltrato, abuso o negligencia que ponga en riesgo su bienestar.

Se enfatiza que todas las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a ser tratados con respeto y a recibir una crianza libre de violencia, entendiendo que cualquier forma de violencia hacia una NNA se constituye una violación de sus derechos fundamentales. Tenemos la obligación como Estado y sociedad a generar espacios seguros donde se promueva la convivencia pacífica.

Cochabamba, 18 de marzo de 2024