DEFENSORÍA DEL PUEBLO OBSERVA DECLARACIONES DE LA PRESIDENTE ÁÑEZ

DEFENSORÍA DEL PUEBLO OBSERVA DECLARACIONES DE LA PRESIDENTE ÁÑEZ

07 de Enero de 2020 12:00 am

DEFENSORÍA DEL PUEBLO OBSERVA DECLARACIONES DE LA PRESIDENTE ÁÑEZ

La Defensoría del Pueblo observó las declaraciones de la Presidente Jeanine Áñez, quien en un reciente acto público, pidió impedir el retorno de los "salvajes" al poder, en alusión al anterior gobierno; rechazó el proceso judicial por los hechos del 24 de mayo de 2008, cuando campesinos fueron humillados; y calificó de infundada la acusación de racismo que, a su criterio, es una de las mayores injusticias con los ciudadanos.

La Defensora del Pueblo, Nadia Cruz, manifestó que las y los bolivianos no pueden olvidar aquel 24 de mayo de 2008, cuando se vivió una jornada de violencia en la que campesinos,  por defender sus ideas políticas, fueron agredidos, física y verbalmente, por un numeroso grupo de personas; obligados a marchar semidesnudos, a arrodillarse y besar el suelo cerca de la Casa de la Libertad en Sucre; a presenciar la quema de un poncho y la wiphala y ser presionados para salir de la ciudad.

Recordó que la promulgación de la Ley Nº 045 contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, fue el resultado de esos hechos lamentables, y que se pudo enjuiciar y sentenciar a varias exautoridades sucrenses que fueron parte de las movilizaciones de ese 24 de mayo de 2008.

En ese marco, Cruz dijo que se debe recordar que la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, ratificada mediante la Ley 1978, por el Estado Boliviano, establece en su Artículo 2 que los Estados se comprometen a seguir una política encaminada a eliminar la discriminación racial en todas sus formas; a no fomentar, defender o apoyar la discriminación racial practicada por cualesquiera personas u organizaciones (2.b); asimismo, el Artículo 5 establece que el Estado debe garantizar el goce de los derechos civiles, entre otros, la libertad de pensamiento, libertad de opinión y de expresión; (5.d.vii y viii).

De igual manera, destacó el parágrafo II del Artículo 14 de la Constitución Política del Estado, que establece  que el Estado boliviano prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de color, origen,  cultura,  idioma, ideología, filiación política, condición  económica  o  social,  u  otras  que  tengan  por  objetivo  o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona.

En ese sentido, dijo que la Defensoría del Pueblo cuestiona toda declaración y discurso que promueva o justifiquen actos de racismo y toda forma de discriminación, más aún, si éstos están dirigidos a una población vulnerable como son los pueblos indígena originario campesinos,  manifiesta su compromiso de velar por el respeto de los derechos de las poblaciones y grupos que se encuentran en situación de vulnerabilidad.