Defensoría del Pueblo repudia violencia y acoso político a dos concejalas de Sipe Sipe y pide al Ministerio Público iniciar proceso penal
12 de Enero de 2024 05:21 pm
La Defensoría del Pueblo manifiesta su total repudio a los actos de
acoso y violencia política suscitados contra las concejalas de Sipe Sipe en
Cochabamba, Reina Jhovana Beltrán Huaranca y Aida Eva Rodríguez Carrasco,
agresiones que tenían como objetivo obligar a que ambas concejalas soliciten
licencia desde el 11 de enero de 2024 hasta el 3 de mayo de 2026, que es
prácticamente hasta el final de su gestión.
En ese sentido, se pide a las instancias competentes, entre ellas al
Ministerio Público a iniciar de oficio las investigaciones y acciones
correspondientes en el marco de la normativa, atribuciones y competencias
vigentes. (148 Bis - Acoso Político contra mujeres- y 148 Ter -Violencia
Política contra mujeres- del Código Penal), y se sancionen a los agresores. En
la misma línea, exhortamos al Tribunal Supremo Electoral, para que en el marco
de sus competencias asuma conocimiento de ambos casos y realice las acciones
correspondientes.
Recordemos que existen los mecanismos y previsiones legales para
activar, en caso de que se incurrieran en acciones u omisiones dentro de la
función política pública. Vivimos en un Estado de Derecho y nadie puede asumir
determinaciones al margen de la ley, menos aún realizar actos tipificados como
delitos como son el acoso y violencia política.
En nuestro país, el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres y
la prevención del AVP, están garantizados en la CPE, en los artículos 8.II,
11.I y 26.I que establece que el Estado se sustenta en “valores de igualdad de
oportunidades, equidad social y de género en la participación”, “adoptando para
su gobierno la forma democrática, participativa, representativa y comunitaria,
con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres” siendo en ese sentido
la participación equitativa y en igualdad de condiciones entre hombres y
mujeres”.
Igualmente, está en vigencia la Ley N° 243, la cual incorpora los
delitos de acoso político y violencia política, sancionados con privación de
libertad.
La institución defensorial en cumplimiento a
su mandato constitucional de defensa de la sociedad, realizará el seguimiento
de ambos casos y expresa de manera fehaciente que, estará alerta y vigilante a
las acciones que realicen las instancias competentes de denuncia, atención y
procesamiento; por lo que, se exige tomar en cuenta el principio de celeridad,
debida diligencia, emisión de medidas de protección necesarias y se cumpla con
la normativa nacional vigente, en el marco de estándares internacionales de
Derechos Humanos.
La Paz, 12 enero de 2024