DEFENSORÍA LOGRA QUE LA UNIVERSIDAD SAN XAVIER DE CHUQUISACA ELIMINE EXIGENCIA DE TRAJE FORMAL Y CORBATA A PERSONAL ADMINISTRATIVO

DEFENSORÍA LOGRA QUE LA UNIVERSIDAD SAN XAVIER DE CHUQUISACA ELIMINE EXIGENCIA DE TRAJE FORMAL Y CORBATA A PERSONAL ADMINISTRATIVO

31 de Enero de 2019 12:00 am

DEFENSORÍA LOGRA QUE LA UNIVERSIDAD SAN XAVIER DE CHUQUISACA ELIMINE EXIGENCIA DE TRAJE FORMAL Y CORBATA A PERSONAL ADMINISTRATIVO

Sucre, 31 de enero de 2019.- La Defensoría del Pueblo, a través de varias acciones, logró que la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca deje sin efecto la exigencia de que su personal administrativo asista su fuente laboral con traje formal y en el caso de los varones con corbata, con lo cual se vulneraba el derecho a la “propia imagen” que es inherente a la persona.

El Delegado Defensorial de Chuquisaca, Edwin Martínez, informó que la Resolución Defensorial RD/1/CHQ/2017 de fecha 24.08.17, fue emitida ante el caso presentado por el ciudadano J.C.V que en su condición de trabajador de esa universidad, quien denunció hostigamiento hacia su persona por su forma de vestir, lo que obedecía a dos circulares que se habían emitido en 2015 y 2017, situación que vulneraba sus derecho a la identidad y se traducía en acoso laboral.

La Defensoría del Pueblo, en dicha Resolución, recomendó al entonces Rector de la Universidad San Francisco Xavier, a dejar sin efecto las Circulares RR.HH. Nº 06/15 numeral 3 y RR.HH. Nº 04/17 numeral 3; y adoptar las medidas administrativas que garanticen el ejercicio del derecho al libre desarrollo de la personalidad, cese la discriminación y el acoso laboral al interior de esa entidad académica. Asimismo, pidió que se asuman ajustes correctivos en toda la normativa que rige a la Universidad  a fin de que ésta se encuentre en coherencia con  la Constitución Política del Estado y las leyes del Estado Plurinacional.

El Delegado Defensorial recordó que la Constitución reconoce en el artículo 21 numeral 2,  el derecho de toda persona a la “propia imagen”, que es un atributo inherente a la persona, que toda persona tiene derecho a conformar con libertad su apariencia física personal, su aspecto exterior físico, lo que contribuye a individualizarla y a identificarla ante la sociedad.

“Ninguna norma jurídica puede regular aspectos inherentes al ser humano y disponer sanciones por aspectos que determinen su personalidad, por constituirse derechos humanos de la persona reconocidos en la Constitución Política del Estado, caso contrario, al pretender realizar distinciones injustificadas se incurriría en vulneración del principio de igualdad y no discriminación”, manifestó.

El Rector de la Universidad remitió, el pasado 25 de  enero, una nota a la institución defensorial en la que informaba el cumplimiento a las recomendaciones efectuadas desde la Defensoría del Pueblo. “… en mi calidad de Rector electo en noviembre de 2018, me cumple informar a su Despacho que se cumplieron las mismas, dejando sin efecto las comunicaciones, circulares o resoluciones  referentes al motivo que determinaron que el señor J.C.V. presente denuncia en contra de la Universidad”, señala la nota.

A partir de esta decisión, dijo Martínez,  el personal administrativo de esa entidad académica, puede asistir a su fuente laboral  con una adecuada presentación, dejando atrás la exigencia del uso del  traje formal, y en el caso de varones además el uso de la corbata.