PRONUNCIAMIENTO CONJUNTO PIDE CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS AMBIENTALES Y LOS DERECHOS DE LAS NPIOC EN CONTRATOS DE LITIO
13 de Febrero de 2025 08:34 pm
La Paz, febrero 13 (UCOM/DPB).- Tras una reunión con representantes del Territorio Indígena Originario Campesino (TIOC) de Nor Lípez, la Defensoría del Pueblo, la Fundación Solón, el Centro de Documentación e Información Bolivia, (CEDIB), el Centro de Estudios Jurídicos e Investigación Social (CEJIS), Asociación Multidisciplinaria de Consultores Ambientales (AMCA) y el Postgrado en Ciencias del Desarrollo (CIDES-UMSA), emitieron un pronunciamiento conjunto “sobre la explotación de carbonato de Litio y sus impactos socioambientales”, el cual establece cuatro puntos en el marco de la normativa vigente.
Durante la reunión con los representantes del TIOC de Nor Lípez, el Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, remarcó que desde la institución defensorial se realiza el acompañamiento y monitoreo de la situación. “Ya hemos enviado requerimiento de informe a diferentes entidades del Estado, entre ellas a la Cámara de Diputados y estamos en permanente coordinación con otras instancias de la sociedad civil que están haciendo el reclamo correspondiente”.
“En esta gestión defensorial se están priorizando temas como la consulta previa, procesos en los que se deben aplicar los estándares internacionales. Los temas: medioambiental, agua, recursos hídricos, y sobre todo el acceso y transparencia en la información, porque si no sabemos lo que está pasando en nuestros territorios no vamos a poder tomar decisiones adecuadas”, señaló Callisaya durante el encuentro con los representantes del TIOC de Nor Lípez.
El pronunciamiento conjunto establece cuatro puntos importantes:
1. Salvaguardas ambientales: relacionadas a las disposiciones adecuadas sobre el origen y sostenibilidad de la provisión de agua dulce y salmueras, fuente de energía utilizada, el manejo responsable de los desechos químicos e industriales, entre otros que podrían impactar de manera permanente en el equilibrio ecosistémico de la macro cuenca del Salar de Uyuni, del cual dependen las comunidades indígenas del TIOC Nor Lípez.
2. Procesos de consulta previa, libre e informada: para garantizar el consentimiento de los pueblos indígena, originario y campesinos, antes de cualquier proyecto en sus territorios ancestrales, especialmente en el TIOC Nor Lípez. En el marco del cumplimiento del derecho constitucional y los estándares internacionales ratificados por Bolivia, a través del Convenio 169 de la OIT y la Declaración de la ONU sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.
3. Acceso y transparencia a la información completa: con la finalidad de garantizar al pueblo boliviano el acceso pleno a información científica, técnica, tecnológica, financiera y ambiental adecuada, permitiendo un conocimiento completo y fundamentado. Es responsabilidad de todos los niveles de gobierno proporcionarla de manera transparente, oportuna y sin omisiones.
4. Desarrollo de una evaluación de impacto ambiental estratégica: que permita identificar los impactos acumulativos y sinérgicos potenciales en el delta de la cuenca del Río Grande y en los pozos de extracción de salmuera y agua dulce de la planta de YLB, se realizarían procesos de explotación de salmueras por tres proyectos diferentes y, con una demanda total de recursos hídricos de 81,23 millones de metros cúbicos (Salmueras, 68,85 Mm3; Agua dulce, 12,38 Mm3). Bolivia tiene la oportunidad de establecer un modelo de explotación del litio basado en la sostenibilidad y la justicia social.
El Pronunciamiento fue firmado por el Consejo Consultivo de Comunidades del Litio, Representantes de la Comunidad Villa Candelaria, el Agente Municipal de Calcha “K”, el Sindicato Único de Trabajadores Campesinos Arenales, la Comunidad Arenales y el Agente Municipal de la Comunidad Ramaditas.