Defensor del Pueblo devela vacíos en el Art. 49 de la Ley 1008 tras caso de ciudadanas uruguayas procesadas por tenencia de sustancias controladas
12 de julio de 2024
El Defensor del Pueblo, Pedro Callisaya, manifestó la necesidad de realizar ajustes en el artículo 49 de la 1008, respecto a la cantidad máxima de sustancias controladas en posesión para consumo personal, a raíz del caso de dos ciudadanas uruguayas procesadas por tenencia de 7 gr. de marihuana.